Artículo 1726 del Código Civil de Morelos
EFECTOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL PRECONTRATO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo primero. De las diversas especies de contratos · Capitulo preliminar. De los contratos preparatorios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si el promitente rehusa firmar el contrato prometido, en su rebeldía lo firmará el Juez, salvo el caso de que la cosa ofrecida haya pasado por título oneroso a la propiedad de tercero de buena fe pues entonces la promesa quedará sin efecto, siendo responsable el que la hizo de todos los daños y perjuicios que se hayan originado a la otra parte.