Artículo 2197 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo IV. Donación · Sección primera. Donación en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Cuando la donación sea onerosa, sólo se considerará donado el exceso que hubiere en el precio del bien deducidas de aquél las cargas.