Artículo 2207 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo IV. Donación · Sección primera. Donación en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El donante sólo responde de la evicción del bien donado si se obligó expresamente a prestarla.