Artículo 2248 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo V. Mutuo · Sección segunda. Mutuo simple
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
En el caso de la fracción II del artículo anterior, si el mutuario no pudiere pagar en género y no hubiere estipulación en contrario, pagará el valor que el bien prestado tenía en el lugar y tiempo en que se hizo el préstamo.