Artículo 2424 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo IX. Secuestro
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El depositario en el secuestro convencional no puede liberarse de él antes de la terminación del litigio, sino consintiendo en ello todas las partes interesadas, o por causa, que el Juez declare legítima.