Artículo 262 del Código Civil de Puebla
Libro primero. Personas · Capítulo VI. Sociedades · Sección cuarta. Disolución de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Cuando se trate de sociedades de duración indeterminada, se disuelve la sociedad por renuncia de uno de los socios, si los demás no desean continuar asociados.