CCPUE · Art. 2717

Artículo 2717 del Código Civil de Puebla

Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XX. Fianza · Sección primera. Disposiciones generales. i. definición y diferentes clases de fianza.

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025

La fianza puede ser civil, mercantil, legal o judicial, de acuerdo con las siguientes disposiciones:

I.Fianza civil es la celebrada entre particulares no comerciantes, para garantizar obligaciones civiles.

II.Fianza mercantil es la reglamentada con este carácter por las leyes mercantiles;

III.La fianza no es civil por el sólo hecho de ser accesoria de una obligación civil y se requiere, necesariamente para ello, que no tenga carácter mercantil;

IV.Fianza legal es la que debe otorgarse por disposición de la ley;

V.Fianza judicial es la que se otorga en cumplimiento de la resolución de un Juez.

Leer de corridodentro de Sección primera. Disposiciones generales. i. definición y diferentes clases de fianza.

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Cómo citar

Artículo 2717, Código Civil de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 17 oct 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-2717/

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