Artículo 2717 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XX. Fianza · Sección primera. Disposiciones generales. i. definición y diferentes clases de fianza.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La fianza puede ser civil, mercantil, legal o judicial, de acuerdo con las siguientes disposiciones:
I.Fianza civil es la celebrada entre particulares no comerciantes, para garantizar obligaciones civiles.
II.Fianza mercantil es la reglamentada con este carácter por las leyes mercantiles;
III.La fianza no es civil por el sólo hecho de ser accesoria de una obligación civil y se requiere, necesariamente para ello, que no tenga carácter mercantil;
IV.Fianza legal es la que debe otorgarse por disposición de la ley;
V.Fianza judicial es la que se otorga en cumplimiento de la resolución de un Juez.