Artículo 2830 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XXI. Prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Cuando se declare nulo el título de propiedad de quien constituyó la prenda, y el acreedor hubiere procedido con buena fe, será válida aquélla.