Artículo 2860 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XXI. Prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Las partes podrán estipular compensación recíproca de intereses con los frutos del bien.