Artículo 2879 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XXII. Anticresis
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El contrato de anticresis crea en favor del acreedor un derecho real, llamado también anticresis, que confiere a su titular las siguientes facultades:
I.De retener el inmueble hasta que la deuda sea pagada íntegramente;
II.De transferir a otro, bajo su responsabilidad, el usufructo y administración del bien, si no hubiere estipulación en contrario; y,
III.De defender sus derechos con las acciones posesorias.