CCPUE · Art. 2981

Artículo 2981 del Código Civil de Puebla

Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XXIV. Graduación de acreedores · Sección cuarta. Acreedores de primera clase

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025

Pagados los acreedores mencionados en los dos capítulos anteriores, se pagarán con el valor de los bienes que queden:

I.Los gastos judiciales comunes, como lo disponga el Código de Procedimientos Civiles;

II.Los gastos de rigurosa conservación y administración de los bienes concursados;

III.Los gastos, que no sean de lujo, ocasionados por los funerales del deudor, de su cónyuge o concubino, y de los menores que estén bajo su patria potestad o pupilos bajo su tutela y no tuviesen bienes propios;

IV.Los gastos de la última enfermedad de las personas mencionadas en la fracción anterior;

V.El crédito por alimentos fiados al deudor para su subsistencia y la de su familia, en los seis meses anteriores a la formación del concurso;

VI.La responsabilidad por reparación del daño en la persona.

Leer de corridodentro de Capítulo XXIV. Graduación de acreedores

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Puebla)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Fracción reformada el 14/sep/1998.

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • art. 61: llamada de nota 14 sin nota al pie en la fuente
  • art. 450: llamada de nota 122 sin nota al pie en la fuente
  • art. 452: llamada de nota 125 sin nota al pie en la fuente
  • art. 3329: llamada de nota 477 sin nota al pie en la fuente
  • art. 3347: llamada de nota 479 sin nota al pie en la fuente
  • 9 notas al pie referidas a encabezados (denominación de libro, título, capítulo o sección) no se asignan a ningún artículo
  • huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3550): [879]
  • Fuente única: el PDF oficial del Congreso (no hay versión Word). Los párrafos se arman con los bloques del PDF y el margen derecho del texto justificado; se omiten el encabezado y el número de página.
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Cómo citar

Artículo 2981, Código Civil de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 17 oct 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-2981/

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