Artículo 3082 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capitulo IV. Capacidad para heredar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Por presunción de influjo contrario a la libertad del autor de la herencia, son incapaces de adquirir, por testamento.
I.Las personas que en vida del testador desempeñaron la tutela o curaduría del mismo, si otorgó el testamento durante su incapacidad;
II.El médico que haya asistido al testador durante su última enfermedad, si entonces hizo su disposición testamentaria.