Artículo 3174 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capítulo VII. Legados · Sección segunda. Legado de alimentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si el testador no señaló el monto de los alimentos, se estará a las reglas generales establecidas por este Código, sobre la materia.