Artículo 755 del Código Civil de Puebla
Libro segundo. Familia · Capítulo XI. Tutela · Sección novena. Cuentas de la tutela
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La cuenta de administración comprenderá las cantidades en numerario, pertenecientes al incapaz y que el tutor hubiere recibido, la aplicación que les haya dado y, en general, todas las operaciones que se hubieren practicado, e irá acompañada de los documentos justificativos y de un balance del estado de los bienes.