Artículo 19 del Código Penal de Puebla
Libro primero disposiciones generales · Capítulo segundo. Delito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
En el delito continuado, el hecho que lo constituye se integra con la repetición de varias conductas similares, procedentes de idéntica resolución del sujeto y con violación del mismo precepto legal.