Artículo 35 del Código Penal de Puebla
Libro primero disposiciones generales · Capítulo séptimo. Reincidencia y habitualidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Si el reincidente en el mismo género de infracciones, comete un nuevo delito originado por la misma inclinación viciosa, será considerado como sujeto activo o habitual.