Artículo 328 del Código Penal de Puebla
Libro segundo delitos en particular · Capítulo décimo quinto. Delitos contra la vida y la integridad corporal · Sección cuarta. Reglas comunes para lesiones y homicidio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Sólo será considerada la ventaja, como calificativa de los delitos de que hablan las secciones anteriores de este Capítulo, cuando sea tal que el sujeto activo no corra riesgo alguno de ser muerto ni herido por el ofendido y aquél no obre en legítima defensa.