CPPUE · Art. 56

Artículo 56 del Código Penal de Puebla

Libro primero disposiciones generales · Capítulo duodécimo. Reglas del aseguramiento de bienes, enajenación de bienes abandonados, decomiso, perdida de los instrumentos del delito y destrucción de cosas peligrosas y nocivas

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025

Las autoridades competentes procederán al aseguramiento de los bienes que pudieran ser materia del decomiso, durante la investigación o en el proceso.

Si los instrumentos o cosas decomisadas son substancias nocivas o peligrosas se destruirán a juicio de la autoridad que esté conociendo, la que de estimarlo conveniente, podrá determinar su conservación para fines de docencia o investigación.

Leer de corridodentro de Capítulo duodécimo. Reglas del aseguramiento de bienes, enajenación de bienes abandonados, decomiso, perdida de los instrumentos del delito y destrucción de cosas peligrosas y nocivas

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
47b98cd5c3a8…
Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Puebla)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado el 01/jul/1994.
  • Párrafo reformado el 31/dic/2012.

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 64 notas al pie referidas a encabezados (denominación de libro, título, capítulo o sección) no se asignan a ningún artículo
  • La portada del documento oficial dice '16 DE JUNIO DE 2026' (fecha de actualización de la compilación); el decreto más reciente que reproduce la fuente se publicó el 2025-12-15 ('publicado en el Periódico Oficial del Estado, el lunes 15 de diciembre de 2025'). Se usa este como última reforma y la portada como fecha de corte.
  • Fuente única: el PDF oficial del Congreso (no hay versión Word). Los párrafos se arman con los bloques del PDF y el margen derecho del texto justificado; se omiten el encabezado y el número de página.
  • Las notas de reforma de la fuente son notas al pie (llamada en superíndice, p. ej. 'Artículo 7²'); la llamada se quita del texto y la nota va en nota_reforma del artículo.
  • La portada de la fuente advierte: 'El contenido del presente ordenamiento es de carácter informativo. La fuente original es la publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.'
  • 7 notas al pie fuera del articulado (transitorios) no se asignan a artículos

Transitorios (142 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 56, Código Penal de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 15 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-56/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.