Artículo 259 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Sexto. De la familia · Capítulo Décimo. Del divorcio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
La reconciliación de los cónyuges pone término a la petición de divorcio en cualquier estado en que se encuentre si aún no hubiere resolución firme. (Ref. P. O. No. 64, 30-XI-16)