CPQRO · Art. 12

Artículo 12 del Código Penal de Querétaro

Libro primero · Título segundo. El hecho delictivo · Capítulo III. Formas de integración típica

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 15 de julio de 2026

Para los efectos de este Código, el delito es:

I.Instantáneo, cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se han realizado todos los elementos de la descripción legal;

II.Permanente, cuando la consumación se prolonga en el tiempo pudiendo cesar por voluntad del agente.

III.Continuado, cuando con unidad de determinación se realizan varias conductas con solución de continuidad, violatorias al mismo precepto legal, y exista unidad en el sujeto pasivo. (Ref. P. O. No. 52, 19-XII-96)

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»)
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Transitorios (93 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 12, Código Penal de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 15 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-12/

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