Artículo 134 del Código Penal de Querétaro
Libro segundo · Parte especial · Título primero. Delitos contra la vida y salud personal · Capítulo III. Disposiciones comunes al homicidio y lesiones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 15 de julio de 2026
Se impondrá de un mes a 9 años de prisión y de 50 a 400 días multa al que, por móviles de piedad o por súplicas notorias y reiteradas de la víctima ante la inutilidad de todo auxilio para salvar su vida, le cause cualquier tipo de lesiones u homicidio. (Ref. P. O. No. 91, 15-X-18)
En ningún caso la sanción podrá exceder de la que se impondrá en el delito simple intencional.