Artículo 70 del Código Penal de Querétaro
Libro primero · Título cuarto. Aplicación de penas y medidas de seguridad · Capítulo I. Reglas generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 15 de julio de 2026
Cuando este Código prevea la disminución o el aumento de una pena con referencia a otra, la pena se fijará aplicando la disminución o el aumento de los términos mínimo y máximo de la punibilidad que sirva como referencia.