Artículo 1005 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Segunda parte especial. Del Derecho de Familia · Título cuarto. De la Patria Potestad · Capítulo segundo. De los Efectos de la Patria Potestad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Los bienes del hijo, mientras subsista la patria potestad, se dividen en dos clases:
l.- Bienes que adquiere por su trabajo; y
II.- Bienes que adquiere por cualquier otro título.