Artículo 434 del Código Civil de Tabasco
Clasificación de los bienes del hijo
Libro primero. De las personas · Titulo undecimo. De la patria potestad. · Capitulo II. De los efectos de la patria potestad respecto de los bienes del hijo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Los bienes del hijo, mientras esté sujeto a la patria potestad, se dividen en dos clases:
I.- Bienes que adquiera por su trabajo; y
II.- Bienes que adquiera por cualquier otro título.