Artículo 481 del Código Civil de Guanajuato
Libro primero. De las personas · Título Octavo. De la patria potestad · Capítulo II. De los efectos de la patria potestad respecto de los bienes del hijo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Los bienes del hijo, mientras esté en la patria potestad, se dividen en dos clases:
I.Bienes que adquiera por su trabajo;
II.Bienes que adquiera por cualquier otro título.