Artículo 1012 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Segunda parte especial. Del Derecho de Familia · Título cuarto. De la Patria Potestad · Capítulo segundo. De los Efectos de la Patria Potestad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Entre tanto, el precio de la venta se depositará en una institución de crédito, al mayor interés posible y a la vista, y la persona que ejerce la patria potestad no podrá disponer de él sin orden judicial.