Artículo 1137 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Segunda parte especial. Del Derecho de Familia · Título quinto. De la Tutela · Capítulo octavo. Del Desempeño de la Tutela
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
El tutor que no haga las aludidas compras de bonos en un término de diez días, o el depósito, pagará los correspondientes réditos legales mientras no efectúe dichas compras o haga el depósito; pero si transcurre un mes sin que haga aquéllas o éste, previa audiencia del mismo tutor, será removido por el Juez.