Artículo 191 del Código Civil de Quintana Roo
Libro primero · Parte general. De los Hechos, Actos y Negocios Jurídicos · Título tercero. De los negocios jurídicos · Capítulo tercero. De los Elementos de Validez del Negocio Jurídico · Sección primera. De la Capacidad y la Representación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
El cumplimiento voluntario surte efectos de ratificación sin necesidad de formalidad alguna, a no ser que ésta haya sido establecida en beneficio de terceros.