Artículo 2819 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título undecimo. Del Mandato · Capítulo primero. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Cuando el mandatario vende los bienes que el mandante le dio para su enajenación en mandato no representativo, queda aquél obligado a entregarle al mandan te el precio de la enajenación, previa la rendición de las cuentas correspondientes.