Artículo 2873 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título duodécimo. Del contrato de prestación de servicios profesionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
El que preste servicios profesionales, sólo es responsable hacia el cliente por negligencia, impericia o dolo, sin perjuicio de las penas que merezca en caso de delito.