Artículo 3166 del Código Civil de Quintana Roo
Libro cuarto. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL Del Registro Público de la Propiedad · Título primero. Disposiciones Generales · Capítulo segundo. De los Principios Registrales de la Publicidad, de la Inscripción, de la Especialidad, de la Buena Fe y de la Legalidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
En los casos en los que se suspenda temporalmente la operatividad del Sistema Inmobiliario de Quintana Roo por caso fortuito o causas de fuerza mayor decretadas por autoridad competente y publicada mediante comunicación oficial, podrán recibirse los documentos de manera física en las oficinas de las Delegaciones del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Quintana Roo y continuar el procedimiento de registro una vez reestablecido el servicio, capturándose en el Sistema Inmobiliario de Quintana Roo, la información recibida durante la contingencia.
Artículo reformado POE 18-11-2004, 07-09-2026