Artículo 852 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Segunda parte especial. Del Derecho de Familia · Título segundo. Del Parentesco y de los Alimentos · Capítulo segundo. De los Alimentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Tienen acción para pedir aseguramiento de los alimentos:
l.- El acreedor alimentario;
II.- El ascendiente que lo tenga bajo su patria potestad;
III.- El tutor;
IV.- Los hermanos y demás parientes colaterales dentro del cuarto grado;
V.- El Ministerio Público.
VI.- La Procuraduría adscrita al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, de acuerdo a las facultades establecidas en la Ley Orgánica del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Quintana Roo.
Fracción adicionada POE 30-10-2012