Artículo 177 del Código Penal de Quintana Roo
Libro segundo · Parte especial · Titulo segundo. Delitos en Materia de Inhumación y Exhumación · Capitulo unico. Delito Contra el Respeto a los Muertos y Contra las Normas de Inhumación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Se impondrá prisión de seis meses a tres años:
I.- Al que ilegítimamente destruya, mutile, oculte, sepulte, exhume o haga uso de un cadáver o restos humanos, o
II.- Al que ilegítimamente sustraiga o esparza las cenizas de un cadáver o restos humanos o viole el lugar donde éstos se encuentren.
La misma pena o, en su caso, la medida de tratamiento correspondiente, se impondrá al que profane un cadáver con actos de necrofilia.