Artículo 226 del Código Penal de Quintana Roo
Libro segundo · Parte especial · Titulo cuarto. Delitos Contra la Administración de Justicia · Capitulo IV. Evasión de Presos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Se impondrá de uno a diez años de prisión y de veinte a doscientos días multa al que permita al mismo tiempo o en un solo acto la evasión de varias personas privadas de libertad por autoridad competente.
Si el responsable prestare sus servicios en el establecimiento o fuere custodio de los evadidos quedará además, destituido de su empleo e inhabilitado para obtener otro de la misma índole.