Artículo 153 del Código Penal de San Luis Potosí
Parte especial · Título segundo. Delitos contra la paz, la libertad, y la seguridad de las personas · Capítulo I. Ataque Peligroso
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
Comete el delito de ataque peligroso quien:
(REFORMADA P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2022)
I.Sin causa justificada, realice disparo de arma de fuego, o
II.Ataca a alguien de tal manera que, en razón del arma empleada, de la fuerza destreza del agresor o de cualquier otra circunstancia semejante, puede producir como resultado lesiones o la muerte.
(REFORMADO P.O. 19 JULIO DE 2017)
Este delito se sancionará con una pena de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización.
(ADICIONADO P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2022)
Para los efectos de este artículo, se entiende “sin causa justificada”, todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona.