Artículo 254 del Código Penal de San Luis Potosí
Parte especial · Título décimo. Delitos en contra de la fe pública · Capitulo II. Falsificación de Sellos, Matrices, Troqueles, Placas, Marcas, Contraseñas y Llaves
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
Comete el delito a que se refiere el presente capítulo, quien falsifica el sello del Estado, de sus dependencias, de los ayuntamientos, de cualquier otra oficina pública o de los notarios.
(REFORMADO P.O. 19 JULIO DE 2017)
Este delito se sancionará con una pena de tres a siete años de prisión y sanción pecuniaria de trescientos a setecientos días del valor de la unidad de medida y actualización.