Artículo 276 del Código Penal de San Luis Potosí
Parte especial · Título décimo segundo. Delitos contra la autoridad, e instituciones de auxilio · Capítulo IV. Quebrantamiento de Sellos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
Comete el delito de quebrantamiento de sellos quien altera, destruye o quita los sellos puestos por orden de la autoridad.
(REFORMADO P.O. 19 JULIO DE 2017)
Este delito se sancionará con una pena de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de cien a trescientos días del valor de la unidad de medida y actualización.