Artículo 2346 del Código Civil de Sinaloa
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título VI. Del arrendamiento · Capítulo VI. Del arrendamiento de bienes muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 11 de marzo de 2022
El arrendatario está obligado a pagar la totalidad del precio, cuando se hizo el arrendamiento por tiempo fijo y los períodos sólo se pusieron como plazos para el pago.