Artículo 1928 del Código Civil de Morelos
PAGO DE LA RENTA POR DEVOLUCION ANTICIPADA DE LA COSA
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo VIII. Del arrendamiento de bienes muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si el arrendatario devuelve la cosa antes del tiempo convenido, cuando se ajuste por un solo precio, está obligado a pagarlo íntegro, pero si el arrendamiento se ajusta por períodos de tiempo, sólo está obligado a pagar los períodos corridos hasta la entrega.
El arrendatario está obligado a pagar la totalidad del precio cuando se hizo el arrendamiento por tiempo fijo y los periodos sólo se pusieron como plazos para el pago.