Artículo 2561 del Código Civil de Sinaloa
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título XI. De las asociaciones y de las sociedades i de las asociaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 11 de marzo de 2022
El asociado no votará las decisiones en que se encuentren directamente interesados él, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o parientes colaterales dentro del segundo grado.