Artículo 2836 del Código Civil de Sinaloa
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título XVI. De las transacciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 11 de marzo de 2022
Cuando las partes están instruidas de la nulidad del título, o la disputa es sobre esa misma nulidad pueden transigir válidamente, siempre que los derechos a que se refiere el título sean renunciables.