Artículo 118 del Código Penal de Sinaloa
Libro primero · Parte general · Título quinto. Extinción de la pretensión punitiva y de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad · Capítulo VII. Indulto, reconocimiento de inocencia y anulación de sentencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 7 de octubre de 2026
El indulto es por gracia y el reconocimiento de inocencia es un derecho. (Ref. según Dec. 452 de 18 de diciembre de 2003, publicado en el P.O. No. 01 de 02 de enero de 2004).