Artículo 122 del Código Penal de Sinaloa
Libro primero · Parte general · Título quinto. Extinción de la pretensión punitiva y de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad · Capítulo VIII. Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 7 de octubre de 2026
La prescripción extingue la pretensión punitiva y la potestad de ejecutar las penas; es personal y para ello bastará el transcurso del tiempo señalado por la ley.
La prescripción será declarada de oficio o a petición de parte.