Artículo 325 Bis del Código Penal de Sinaloa
Libro segundo · Parte especial · Sección cuarta. Delitos contra el estado · Título tercero. Delitos contra la administración pública cometidos por particulares · Capítulo X. OCUPACIÓN IRREGULAR DE ÁREAS Y PREDIOS (Adic. Según Dec. 822 de 30 de julio de 2018, publicado en el P.O No. 105 de 24 de agosto de 2018)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 7 de octubre de 2026
A quien promueva, induzca o se beneficie de la ocupación irregular de áreas, predios, polígonos de protección, salvaguarda y amortiguamiento en torno a la infraestructura o equipamientos de seguridad estatal, de protección en derechos de vía o que no acaten el área urbanizable se le impondrá prisión de uno a ocho años y de cien a mil días de multa.
(Adic. Según Dec. 822 de 30 de julio de 2018, publicado en el P.O No. 105 de 24 de agosto de 2018)