Artículo 51 del Código Penal de Sinaloa
Libro primero · Parte general · Título tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Sección primera. De las penas · Capítulo V. Decomiso y pérdida de los instrumentos y objetos relacionados con el delito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 7 de octubre de 2026
El decomiso consiste en la aplicación por decisión jurisdiccional, de los instrumentos, objetos y productos del delito a favor del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia del Estado y del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Estado, en los términos del presente Código. (Ref. Por Decreto 663 del 27 de septiembre del 2007, publicado en el P.O. No. 120 del 05 de octubre del 2007).