Artículo 1500 del Código Civil de Sonora
Libro cuarto. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VII. De los legados disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
En todos los casos en que el que tenga derecho de hacer la elección no pudiere hacerla, la harán su representante legítimo o sus herederos.