Artículo 2527 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contrato · Titulo segundo. De la compraventa · Capitulo IV. De las obligaciones del vendedor
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
El vendedor está obligado:
I.A transmitir el dominio del bien enajenado;
II.A conservar y custodiar la cosa entre tanto la entregue;
III.A entregar al comprador la cosa vendida;
IV.A garantizar al comprador una posesión pacífica respecto a la cosa, contra los actos jurídicos de tercero anteriores a la enajenación;
V.A responder de los vicios o defectos ocultos de la cosa;
VI.A responder del saneamiento para el caso de evicción;
VII.A pagar por mitad los gastos fiscales y los de escritura y registro, en su caso, salvo convenio expreso entre las partes o disposición legal irrenunciable; y
VIII.A otorgar al comprador los documentos legalmente necesarios para acreditar el traslado de dominio, o los que exijan las leyes fiscales.