Artículo 3254 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contrato · Titulo decimocuarto. De la prenda · Capitulo II. Relaciones jurídicas que origina la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Si el tercero pagó para evitar el remate, después de un fallo judicial, y por motivo fundado no hizo saber el pago al deudor, éste quedará obligado a indemnizar a aquel y no podrá oponerle más excepciones que las que sean inherentes a la obligación y que no hubieren sido opuestas por el tercero, teniendo conocimiento de ellas.