Artículo 137 del Código Penal de Sonora
Libro segundo · Titulo segundo. Delitos contra la seguridad pública · Capitulo I. Evasión de presos
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 31 de agosto de 2026
Si la reaprehensión del prófugo se lograre por gestiones del responsable de la evasión, se reducirá la sanción que correspondería a éste hasta en dos tercias partes de su duración.