Artículo 335 del Código Penal de Sonora
Libro segundo · Titulo vigésimo segundo. Delitos electorales · Capitulo único. Delitos electorales
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 31 de agosto de 2026
En caso de reincidencia se aumentarán las sanciones a que se refieren los preceptos anteriores, en los términos establecidos por este Código.